La investigación responsable va mucho más allá de obtener buenos resultados científicos. Implica garantizar que los proyectos respetan los principios éticos, la normativa vigente y los derechos de las personas que participan en ellos.

Con este objetivo, la UNED ha publicado el Reglamento del Comité de Ética de la Investigación (CEI), aprobado por el Consejo de Gobierno el 10 de julio de 2026 y publicado en el BICI el 28 de julio. El texto actualiza la regulación del Comité, define con mayor detalle sus funciones y procedimientos, y adapta su funcionamiento al marco normativo vigente.

Pero, ¿qué significa esto para quienes investigan en la UNED?

¿Qué es el Comité de Ética de la Investigación?

El Comité de Ética de la Investigación (CEI) es el órgano encargado de evaluar aquellos proyectos de investigación que, por sus características, requieren una valoración ética previa.

Su finalidad es garantizar que la investigación desarrollada en la UNED se realiza respetando la legislación aplicable, los principios éticos y los derechos de las personas participantes, así como el bienestar animal cuando corresponda. Además, el CEI también actúa como órgano consultivo en cuestiones relacionadas con la ética de la investigación.

¿Cuándo debes solicitar una evaluación ética?

Aunque cada proyecto debe analizarse de forma individual, es habitual que la evaluación del CEI sea necesaria cuando la investigación implique, entre otros aspectos:

  • participación de personas;
  • tratamiento de datos personales;
  • utilización de muestras biológicas, tejidos u órganos;
  • investigación con animales de experimentación;
  • uso de agentes biológicos u organismos modificados genéticamente;
  • cualquier otro supuesto para el que la normativa exija una evaluación ética previa.

Si tu proyecto se desarrolla en colaboración con otras instituciones, puede ser necesario aportar también la evaluación favorable de sus respectivos comités de ética.

¿Qué novedades incorpora el Reglamento?

El nuevo Reglamento no modifica únicamente la denominación o la composición del Comité. También desarrolla con mayor detalle aspectos que afectan directamente al personal investigador, entre ellos:

  • la organización y estructura del CEI;
  • las funciones de sus diferentes secciones;
  • el procedimiento de evaluación de los proyectos;
  • el régimen de funcionamiento y adopción de acuerdos;
  • los principios de confidencialidad e independencia en la evaluación;
  • la gestión de posibles conflictos de interés de las personas que participan en la evaluación.

Todo ello contribuye a ofrecer un procedimiento más claro, transparente y homogéneo.

¿Por qué es importante planificar la evaluación ética?

En ocasiones, la evaluación ética se percibe como un trámite administrativo más. Sin embargo, forma parte del propio diseño del proyecto.

Disponer de la autorización ética cuando es preceptiva puede ser un requisito para:

  • solicitar financiación competitiva;
  • iniciar la recogida de datos;
  • publicar determinados resultados científicos;
  • participar en proyectos internacionales.

Por este motivo, conviene comprobar desde las primeras fases del proyecto si será necesaria la evaluación del CEI, evitando retrasos una vez iniciada la investigación.

Cinco preguntas que conviene hacerse antes de comenzar

Antes de poner en marcha un proyecto, puede ser útil responder a estas cuestiones:

  • ¿Voy a recoger datos personales o información sensible?
  • ¿Participarán personas como sujetos de investigación?
  • ¿Necesito consentimiento informado?
  • ¿Mi proyecto implica colaboración con otras instituciones que disponen de su propio comité de ética?
  • ¿La convocatoria o la revista donde quiero publicar exige una evaluación ética previa?

Si la respuesta a alguna de estas preguntas es afirmativa, es recomendable consultar cuanto antes la documentación y los procedimientos del Comité de Ética de la Investigación.

Un aliado para una investigación de calidad

Lejos de ser un obstáculo, el Comité de Ética de la Investigación constituye una garantía para la calidad científica y la integridad de los proyectos desarrollados en la UNED.

Integrar la reflexión ética desde el diseño de la investigación no solo facilita el cumplimiento de la normativa, sino que también refuerza la credibilidad de los resultados y favorece una investigación responsable, transparente y alineada con las buenas prácticas científicas.

Preguntas frecuentes

¿Todos los proyectos de investigación necesitan la evaluación del Comité de Ética?

No. La necesidad de obtener un informe favorable dependerá de la naturaleza del proyecto. En general, deberá solicitarse cuando la investigación implique la participación de personas, el tratamiento de datos personales o categorías especiales de datos, el uso de muestras biológicas, la experimentación con animales u otros supuestos previstos en la normativa aplicable. Si tienes dudas, es recomendable consultar con el CEI antes de iniciar el proyecto.

¿Los Trabajos Fin de Grado (TFG) y los Trabajos Fin de Máster (TFM) necesitan un informe del CEI?

No necesariamente. Si el TFG o TFM consiste únicamente en una revisión bibliográfica o utiliza datos completamente anonimizados y de acceso público, normalmente no requerirá evaluación ética. Sin embargo, si incluye la participación de personas (por ejemplo, mediante encuestas, entrevistas o grupos de discusión), la recogida de datos personales, el acceso a información sensible o cualquier otra actividad sujeta a evaluación ética, deberá analizarse la necesidad de solicitar el correspondiente informe antes de iniciar el estudio.

¿Cuándo debo solicitar la evaluación ética?

Lo más recomendable es hacerlo durante la fase de planificación del proyecto y siempre antes de comenzar la recogida de datos o cualquier actividad que requiera autorización ética. En muchas convocatorias de financiación y en numerosas revistas científicas, disponer de la evaluación ética es un requisito imprescindible.

¿Cuánto tarda la evaluación?

El Reglamento regula el procedimiento de evaluación, pero no establece un plazo único de resolución para todos los expedientes. El tiempo de tramitación puede variar en función de la complejidad del proyecto, de la documentación presentada y del calendario de reuniones del Comité. Por ello, es aconsejable iniciar el procedimiento con suficiente antelación.

¿Dónde se presenta la solicitud?

Las solicitudes deben tramitarse siguiendo el procedimiento establecido por la UNED para el Comité de Ética de la Investigación. Antes de iniciar el trámite, conviene consultar la página web del CEI para verificar el procedimiento vigente, los modelos normalizados y la documentación requerida.

¿Qué documentación suele solicitarse?
  • La memoria o protocolo del proyecto.
  • La hoja de información a las personas participantes, cuando proceda.
  • El modelo de consentimiento informado.
  • Los cuestionarios, entrevistas u otros instrumentos de recogida de datos.
  • La documentación relativa al tratamiento y protección de los datos personales.
  • Cualquier otra documentación específica exigida en función de las características del proyecto.
¿Qué ocurre si modifico el proyecto una vez obtenido el informe favorable?

Si durante el desarrollo de la investigación se producen cambios relevantes que puedan afectar a los aspectos éticos evaluados (por ejemplo, nuevas técnicas de recogida de datos, incorporación de nuevos participantes o modificación de los objetivos), es recomendable comunicarlo al Comité de Ética para que determine si es necesaria una nueva evaluación o una modificación del informe emitido.

¿Puedo comenzar la investigación mientras espero la resolución?

Si el proyecto requiere evaluación ética, no debería iniciarse la investigación ni la recogida de datos hasta obtener el informe favorable del Comité. Adelantar estas actuaciones podría comprometer la validez ética del estudio y generar dificultades para su publicación o financiación posterior.

Foto de Trust «Tru» Katsande en Unsplash